ARTÍCULO 21.- Los Enfermeros Militares proveerán de la Escuela de Enfermeras del Ejército, de donde egresarán con el grado mínimo que fije la Ley de Organización Militar. después de dos años de práctica en las Corporaciones y Compañías de Sanidad, tendrán derecho a ingresar a los cursos respectivos, para especializarse como ayudantes de Odontología, de Farmacia, de Laboratorio, de Radiología y de Operaciones.
Structure Reglamento General para el Servicio de Sanidad Militar