CAPITULO IV
ARTÍCULO 11.- El personal del Servicio de Sanidad Militar está...
ARTÍCULO 12.- Los Médicos Cirujanos Militares son los que se...
ARTÍCULO 13.- Cuando las necesidades del servicio lo exijan, además...
ARTÍCULO 14.- Los Médicos Cirujanos que egresen de la Escuela...
ARTÍCULO 15.- Los Médicos Cirujanos que hayan cumplido el tiempo...
ARTÍCULO 16.- Los Médicos Cirujanos que después de prestar servicios...
ARTÍCULO 17.- Los Médicos Cirujanos, que habiendo servido un año...
ARTÍCULO 18.- Cuando los Médicos Cirujanos que presten sus servicios...
ARTÍCULO 19.- Los Cirujanos Dentistas serán de procedencia universitaria e...
ARTÍCULO 20.- Los Químico-Farmacéuticos y Farmacéuticos Militares serán de procedencia...
ARTÍCULO 21.- Los Enfermeros Militares proveerán de la Escuela de...
ARTÍCULO 22.- Las Enfermeras proveerán de la Escuela de Enfermeras...
ARTÍCULO 23.- En caso de siniestros, catástrofes o calamidades públicas...
ARTÍCULO 24.- Las Tropas de Sanidad serán reclutadas en igual...
ARTÍCULO 25.- Los individuos que presten servicios como Electricistas, Carpinteros,...