ARTÍCULO 124.- El director del hospital de región actuara de acuerdo con la reglamentación para el funcionamiento de estos organismos existe desde tiempo de paz, acoplando sus nuevas funciones a las necesidades de la guerra de acuerdo con las directivas técnicas y tácticas del jefe inmediato superior.
Del Escalón Móvil del Hospital de Región.
Structure Reglamento General para el Servicio de Sanidad Militar