ARTÍCULO 163.- Durante las marchas transporte por ferrocarril o automóvil, el personal y material de las sociedades de socorro no deberá confundirse con el de sanidad militar. el día, hora de la marcha y punto de partida, así como los puntos de etapa o altos que deben hacerse, les serán indicados por la autoridad militar.
Structure Reglamento General para el Servicio de Sanidad Militar