ARTÍCULO 135.- Se organizara la enfermería del cuartel general del cuerpo de ejercito, la cual dará atención médico quirúrgica a los indispuestos, estropeados, accidentados, casos médicos-legales y además casos rápidamente recuperables, cuyo pase al hospital no sea absolutamente necesario, y con mayor razón cuando dicho hospital quede algo alejado.
Structure Reglamento General para el Servicio de Sanidad Militar