REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Artículo 60

Artículo 60.- El Consejo Técnico del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas cuenta con un Comité Consultivo, instancia colegiada de apoyo y consulta en los aspectos relativos a la toma de decisiones, implementación de políticas, planes y programas en materia de semillas, variedades vegetales, recursos fitogenéticos para la alimentación, y la agricultura y bioseguridad agropecuaria.

Este Comité podrá estar integrado por representantes de Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como por representantes de instituciones de enseñanza e investigación, organizaciones no gubernamentales, previa aceptación de invitación, y en los términos que dispongan los lineamientos de operación del Consejo Técnico.