REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Artículo 29

Artículo 29.- La Dirección General de Suelos y Agua tiene las siguientes atribuciones:

I.          Diseñar proyectos de políticas públicas que fomenten el uso eficiente y sustentable del agua y suelo en los predios agrícolas, el mejor aprovechamiento de los recursos hídricos, y que propicien el mantener y mejorar la fertilidad de los suelos agrícolas; así como proponer a su inmediato superior jerárquico o, en su caso, a la persona titular de la Secretaría, dichos proyectos de políticas y ejecutar las que, en su caso, sean aprobadas por la autoridad competente;

II.         Promover ante autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno las políticas públicas que promuevan acciones para el uso sustentable del suelo y agua en los predios agrícolas, así como coordinar la implementación concurrente de dichas políticas, lo anterior en términos de lo previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

III.       Promover la innovación de los sistemas de riego, captación y reutilización de agua, así como, las tecnologías para mejorar la fertilidad de los suelos;

IV.       Diseñar y operar los programas para el otorgamiento de incentivos para la adquisición de fertilizantes de origen químico o biológico;

V.         Promover y coordinar las acciones en materia de normalización para los sistemas de riego, fertilizantes químicos y biológicos, así como de los productos y tecnologías que mejoren la fertilidad, conservación y regeneración de los suelos agrícolas;

VI.       Diseñar y proponer a su inmediato superior jerárquico o a la persona titular de la Secretaría, proyectos o programas que impulsen el uso integral y sustentable del suelo y agua en las actividades agrícolas y pecuarias, así como, operar los referidos proyectos o programas que, en su caso, se aprueben por la autoridad competente, y

VII.      Atraer, impulsar y consolidar la inversión en el sector agroalimentario y en las unidades económicas rurales agrícolas, mediante la concertación de alianzas estratégicas con las instancias públicas, sociales y privadas competentes.

SECCIÓN XI

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE  INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EXTENSIONISMO