Artículo 84.- La Comisión establecerá, mediante disposiciones administrativas de carácter general, los criterios que deberá observar el Centro en la elaboración de las bases para licitar los proyectos a que se refiere el artículo 69 de la Ley.
Structure Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos