Artículo 26.- Los permisos de regasificación se otorgarán a quienes cuenten con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural en fase líquida se somete a un proceso para gasificarlo, con objeto de inyectarlo a un Sistema de Ductos o en Instalaciones de Aprovechamiento.
Structure Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos