Artículo 32.- Cuando los solicitantes de un permiso de Transporte por medio de Ductos sean personas morales, éstas deberán tener como objeto social principal la prestación de dicho servicio, así como las actividades relacionadas para la consecución de tal objeto.
Structure Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos