Artículo 3.- La interpretación y aplicación del presente Reglamento para efectos administrativos corresponde a la Secretaría y a la Comisión, en el ámbito de sus respectivas competencias.
En lo no previsto en el presente Reglamento en materia de actos, procedimientos y resoluciones administrativas, será aplicable de manera supletoria la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Structure Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos