Artículo 78.- Los planes y programas de estudios considerarán las asignaturas académicas, navales, militares, culturales y deportivas, de acuerdo con cada una de las carreras que se imparten en el CEFCAM, y serán actualizadas o modificadas dichas asignaturas a propuesta del Consejo Docente y autorizadas por la Autoridad Educativa Naval y, en su caso, por la Secretaría de Educación Pública.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México