Artículo 52.- Las faltas leves son las que se cometen por imprudencia, falta de previsión o reflexión, sin causar mayor afectación a las actividades rutinarias que desarrollan los Alumnos de Formación. Serán calificadas con una graduación de entre 10 y 80 Puntos de Demérito Disciplinarios, de conformidad con el Catálogo de Faltas de los Alumnos de Formación.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México