Artículo 137.- El Consejo de Honor Ordinario tiene como misión juzgar las faltas graves cometidas por el personal de oficiales, clases y marinería adscritos al CEFCAM, así como a los Alumnos de Capacitación. Su integración, organización y funcionamiento será de acuerdo con lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México