Artículo 13.- El cargo de Comandante del Cuerpo de Alumnos del CEFCAM será de la jerarquía de Capitán de Fragata o de Corbeta, Cuerpo General, núcleo de los cuerpos, egresado de la Heroica Escuela Naval Militar, quien tendrá las facultades siguientes:
I. Estar a cargo del Cuerpo de Alumnos y de su formación militar;
II. Ser integrante de los órganos colegiados y de disciplina siguientes:
a) El Consejo Docente;
b) El Consejo de Disciplina;
c) El Consejo de Honor Ordinario, y
d) Las Juntas Académicas de las Escuelas de Intendencia Naval, de Electrónica e Informática Naval y de Escala de Mar;
III. Participar en el Comité Evaluador para Ascensos de Alumnos de Formación;
IV. Proponer el Catálogo de Faltas de los Alumnos de Formación, gestionando ante la Dirección su autorización, y
V. Las demás que le confieren las leyes, el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
En ausencia del Comandante del Cuerpo de Alumnos, las facultades a que se refiere el párrafo anterior serán ejercidas por el Segundo Comandante del Cuerpo de Alumnos.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México
Artículo 13