Artículo 32.- Los Alumnos de Formación y de Capacitación podrán salir Francos del CEFCAM, de acuerdo con la rutina autorizada, siempre y cuando no se encuentren en una de las situaciones siguientes:
I. Servicio de armas o administrativos;
II. Hospitalizado;
III. Incapacidad temporal a todo servicio, y
IV. Contar con Puntos de Demérito Disciplinarios por cumplir.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México