Artículo 19.- El Alumno de Formación a su ingreso al CEFCAM tendrá la obligación de proporcionar y mantener actualizado el nombre y los medios de localización de la persona a la que se le deberá informar respecto de alguna emergencia, su estado de salud y situación dentro del CEFCAM.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México