Artículo 74.- Las faltas académicas que cometan los Alumnos de Capacitación son aquellas faltas que vayan en detrimento del proceso enseñanza-aprendizaje y estas podrán ser:
I. Llegar tarde a clases;
II. Inasistencia a clases;
III. Incumplimiento de tareas o prácticas;
IV. Falta de atención en clases o prácticas;
V. Valerse de medios no legales para resolver sus Reconocimientos o prácticas, y
VI. No obtener calificación aprobatoria en una o más asignaturas o prácticas en sus Reconocimientos.
Las sanciones por las faltas a que se refiere este artículo se integrarán en sus expedientes de cuerpo para control disciplinario.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México