Artículo 69.- Las retenciones disciplinarias y académicas que se impongan a los Alumnos de Formación, se graduarán con Puntos de Demérito Disciplinarios, de acuerdo con el Catálogo de Faltas de los Alumnos de Formación.
Los Puntos de Demérito Disciplinarios por sanciones académicas, no se considerarán para efectos disciplinarios, ni en los casos de comparecencia ante el Consejo de Disciplina.
Structure Reglamento del Centro de Formación y Capacitación de la Armada de México