ARTICULO 9º.- Las Escuelas del Ejército y Armada, cuyo ingreso de alumnos queda regularizado por las prescripciones del presente Reglamento, son las siguientes:
Formación:
Colegio Militar y
Centro de Jefes y Oficiales en Instrucción.
Aplicación:
De infantería,
De Caballería,
De Artillería y
De Zapadores.
Formación y Especialización:
Naval, Aeronáutica,
Intendencia y Administración,
Médico Militar,
Transmisiones, e
Ingeniero.
Altos Estudios:
Superior de Guerra y
Cursos Especiales de Mando. (Ciclo de Información para Generales.)
Structure Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada