ARTICULO 28.- Los candidatos comprendidos en la clase a), no podrán ingresar a esta escuela; los que se hallen en las categorías b) y c), causarán alta desde luego en el Centro y serán destinados para seguir los respectivos cursos.
Structure Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada