ARTICULO 14.- Los interesados procedentes de la clase militar elevarán por los conductos debidos una solicitud durante el mes de agosto de cada año, escrita de su puño y letra, a la Secretaría de la Defensa Nacional, con destino a la Dirección General de Educación Militar. Los candidatos procedentes de la clase civil elevarán la misma solicitud directamente a la citada Dirección.
Structure Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada