Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada
Articulo 83

ARTICULO 83.- El trámite de las solicitudes, los documentos que deben remitir y la fianza que otorguen, serán también iguales a los prevenidos para los candidatos a ingresar a la escuela señalada en el artículo anterior.