ARTICULO 85.- Los alumnos que sean dados de baja por falta de aprovechamiento, pasarán a servir a alguna de las unidades navales con las categorías equivalentes a Cabos o Sargentos del ejército, en forma semejante a la establecida a los alumnos del Colegio Militar. Si fueren dados de baja por deserción o mala nota, perderán la fianza que hayan otorgado.
Structure Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada