ARTICULO 7º.- Los candidatos que no alcancen a ocupar una vacante, a pesar de haber satisfecho todos los requisitos exigidos, tendrán derecho, previo nuevo examen, si salen aprobados, a que se les dé preferencia para el ingreso en el año siguiente.
Structure Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada