Reglamento a que se sujetará el Ingreso del Personal a las Escuelas del Ejército y Armada
Articulo 17

ARTICULO 17.- Los candidatos de procedencia civil enviarán copia certificada del acta de nacimiento y autorización del padre o tutor para que el interesado siga la carrera de las armas. Si resultan aprobados en los exámenes de admisión y obtienen vacante, otorgarán una fianza a favor de la Tesorería General de la Federación por la suma de $500.00