ARTÍCULO PRIMERO. Se expide la Ley General de Instituciones y...
Artículo 1. 1. La presente Ley es de orden público...
Artículo 2. 1. Esta Ley reglamenta las normas constitucionales relativas...
Artículo 3. 1. Para los efectos de esta Ley se...
Artículo 4. 1. El Instituto y los Organismos Públicos Locales,...
Artículo 5. 1. La aplicación de esta Ley corresponde, en...
Artículo 6. 1. La promoción de la participación ciudadana para...
Artículo 7. 1. Votar en las elecciones constituye un derecho...
Artículo 8. 1. Es obligación de los ciudadanos integrar las...
Artículo 9. 1. Para el ejercicio del voto los ciudadanos...
Artículo 10. 1. Son requisitos para ser Diputada o Diputado...
Artículo 11. 1. A ninguna persona podrá registrársele como candidato...
Artículo 12. 1. El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita...
Artículo 13. 1. El Poder Legislativo de los Estados Unidos...
Artículo 14. 1. La Cámara de Diputados se integra por...
Artículo 15. 1. Se entiende por votación total emitida, la...
Artículo 16. 1. Para la asignación de diputados de representación...
Artículo 17. 1. Una vez desarrollada la fórmula prevista en...
Artículo 18. 1. Para la asignación de diputados de representación...
Artículo 19. 1. Determinada la asignación de diputados por partido...
Artículo 20. 1. En todos los casos, para la asignación...
Artículo 21. 1. Para la asignación de senadores por el...
Artículo 22. 1. Las elecciones ordinarias deberán celebrarse el primer...
Artículo 23. 1. Cuando se declare nula una elección o...
Artículo 24. 1. Las convocatorias para la celebración de elecciones...
Artículo 25. 1. Las elecciones locales ordinarias en las que...
Artículo 26. 1. Los poderes Ejecutivo y Legislativo de las...
Artículo 27. 1. Las Legislaturas de los estados y la...
Artículo 28. 1. El número de representantes en las legislaturas...
Artículo 29. 1. El Instituto es un organismo público autónomo...
Artículo 30. 1. Son fines del Instituto: a) Contribuir al...
Artículo 31. 1. El Instituto es autoridad en la materia...
Artículo 32. 1. El Instituto tendrá las siguientes atribuciones: a)...
Artículo 33. 1. El Instituto tiene su domicilio en el...
Artículo 34. 1. Los órganos centrales del Instituto son: a)...
Artículo 35. 1. El Consejo General es el órgano superior...
Artículo 36. 1. El Consejo General se integra por una...
Artículo 37. 1. En caso de vacante de los Consejeros...
Artículo 38. 1. Los Consejeros Electorales deberán reunir los siguientes...
Artículo 39. 1. El Consejero Presidente, los Consejeros Electorales y...
Artículo 40. 1. El Consejo General se reunirá en sesión...
Artículo 41. 1. Para que el Consejo General pueda sesionar...
Artículo 42. 1. El Consejo General integrará las comisiones temporales...
Artículo 43. 1. El Consejo General ordenará la publicación en...
Artículo 44. 1. El Consejo General tiene las siguientes atribuciones:...
Artículo 45. 1. Corresponden al Presidente del Consejo General las...
Artículo 46. 1. Corresponde al Secretario del Consejo General: a)...
Artículo 47. 1. La Junta General Ejecutiva será presidida por...
Artículo 48. 1. La Junta General Ejecutiva se reunirá por...
Artículo 49. 1. El Secretario Ejecutivo coordina la Junta General,...
Artículo 50. 1. El Secretario Ejecutivo del Instituto durará en...
Artículo 51. 1. Son atribuciones del Secretario Ejecutivo: a) Representar...
Artículo 52. 1. Al frente de cada una de las...
Artículo 53. 1. Los directores ejecutivos o de unidades técnicas...
Artículo 54. 1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de...
Artículo 55. 1. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos...
Artículo 56. 1. La Dirección Ejecutiva de Organización Electoral tiene...
Artículo 57. 1. La Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral...
Artículo 58. 1. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y...
Artículo 59. 1. La Dirección Ejecutiva de Administración tiene las...
Artículo 60. 1. La Unidad Técnica de Vinculación con los...
Artículo 61. 1. En cada una de las Entidades Federativas,...
Artículo 62. 1. Las juntas locales ejecutivas son órganos permanentes...
Artículo 63. 1. Las juntas locales ejecutivas sesionarán por lo...
Artículo 64. 1. Son atribuciones de las vocalías ejecutivas, dentro...
Artículo 65. 1. Los consejos locales funcionarán durante el proceso...
Artículo 66. 1. Los Consejeros Electorales de los consejos locales,...
Artículo 67. 1. Los consejos locales iniciarán sus sesiones a...
Artículo 68. 1. Los consejos locales dentro del ámbito de...
Artículo 69. 1. Los consejos locales con residencia en las...
Artículo 70. 1. Los presidentes de los consejos locales tienen...
Artículo 71. 1. En cada uno de los 300 distritos...
Artículo 72. 1. Las juntas distritales ejecutivas son los órganos...
Artículo 73. 1. Las juntas distritales ejecutivas sesionarán por lo...
Artículo 74. 1. Son atribuciones de las vocalías ejecutivas de...
Artículo 75. 1. El Instituto podrá contar con oficinas municipales....
Artículo 76. 1. Los consejos distritales funcionarán durante el proceso...
Artículo 77. 1. Los Consejeros Electorales de los consejos distritales...
Artículo 78. 1. Los consejos distritales iniciarán sus sesiones a...
Artículo 79. 1. Los consejos distritales tienen, en el ámbito...
Artículo 80. 1. Corresponde a los presidentes de los consejos...
Artículo 81. 1. Las mesas directivas de casilla por mandato...
Artículo 82. 1. Las mesas directivas de casilla se integrarán...
Artículo 83. 1. Para ser integrante de mesa directiva de...
Artículo 84. 1. Son atribuciones de los integrantes de las...
Artículo 85. 1. Son atribuciones de los presidentes de las...
Artículo 86. 1. Son atribuciones de los secretarios de las...
Artículo 87. 1. Son atribuciones de los escrutadores de las...
Artículo 88. 1. Los integrantes del Consejo General, de los...
Artículo 89. 1. Los partidos políticos nacionales deberán acreditar a...
Artículo 90. 1. Cuando el representante propietario de un partido,...
Artículo 91. 1. Los órganos del Instituto expedirán, a solicitud...
Artículo 92. 1. Las sesiones de los consejos del Instituto...
Artículo 93. 1. En las mesas de sesiones de los...
Artículo 94. 1. Las autoridades federales, de las entidades federativas...
Artículo 95. 1. Los funcionarios electorales y los representantes de...
Artículo 96. 1. Los consejos locales y distritales, dentro de...
Artículo 97. 1. Durante los procesos electorales federales, todos los...
Artículo 98. 1. Los Organismos Públicos Locales están dotados de...
Artículo 99. 1. Los Organismos Públicos Locales contarán con un...
Artículo 100. 1. El consejero presidente y los Consejeros Electorales...
Artículo 101. 1. Para la elección del consejero presidente y...
Artículo 102. 1. Los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos...
Artículo 103. 1. El Secretario Ejecutivo del Instituto, a través...
Artículo 104. 1. Corresponde a los Organismos Públicos Locales ejercer...
Artículo 105. 1. Las autoridades electorales jurisdiccionales locales son los...
Artículo 106. 1. Las autoridades electorales jurisdiccionales en las entidades...
Artículo 107. 1. Durante el periodo de su encargo, los...
Artículo 108. 1. Para la elección de los magistrados electorales...
Artículo 109. 1. En caso de presentarse alguna vacante temporal...
Artículo 110. 1. Todas las sesiones de las autoridades electorales...
Artículo 111. 1. Las leyes locales deberán regular el sistema...
Artículo 112. 1. En ningún caso los magistrados electorales locales...
Artículo 113. 1. Son impedimentos para conocer de los asuntos,...
Artículo 114. 1. Las excusas y recusaciones que por impedimento...
Artículo 115. 1. Para ser Magistrado Electoral se requieren los...
Artículo 116. 1. Los congresos locales deberán fijar en el...
Artículo 117. 1. Con independencia de lo que mandaten las...
Artículo 118. 1. Los magistrados electorales sólo podrán ser privados...
Artículo 119. 1. La coordinación de actividades entre el Instituto...
Artículo 120. 1. La asunción y la atracción se resolverán...
Artículo 121. 1. Los casos de asunción de la elección...
Artículo 122. 1. Las reglas sobre notificaciones, términos, valoración de...
Artículo 123. 1. Los Organismos Públicos Locales podrán, con la...
Artículo 124. 1. En el caso de la facultad de...
Artículo 125. 1. La delegación de funciones del Instituto en...
Artículo 126. 1. El Instituto prestará por conducto de la...
Artículo 127. 1. El Registro Federal de Electores será el...
Artículo 128. 1. En el Padrón Electoral constará la información...
Artículo 129. 1. El Padrón Electoral del Registro Federal de...
Artículo 130. 1. Los ciudadanos están obligados a inscribirse en...
Artículo 131. 1. El Instituto debe incluir a los ciudadanos...
Artículo 132. 1. La técnica censal es el procedimiento que...
Artículo 133. 1. El Instituto se encargará de formar y...
Artículo 134. 1. Con base en el Padrón Electoral, la...
Artículo 135. 1. Para la incorporación al Padrón Electoral se...
Artículo 136. 1. Los ciudadanos tendrán la obligación de acudir...
Artículo 137. 1. Una vez llevado a cabo el procedimiento...
Artículo 138. 1. A fin de actualizar el Padrón Electoral,...
Artículo 139. 1. Los Ciudadanos podrán solicitar su inscripción en...
Artículo 140. 1. La solicitud de incorporación al Padrón Electoral...
Artículo 141. 1. Los ciudadanos mexicanos residentes en el territorio...
Artículo 142. 1. Dentro de los treinta días siguientes a...
Artículo 143. 1. Podrán solicitar la expedición de credencial para...
Artículo 144. 1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de...
Artículo 145. 1. Las comisiones de vigilancia podrán solicitar a...
Artículo 146. 1. Las credenciales para votar con fotografía que...
Artículo 147. 1. Las listas nominales de electores son las...
Artículo 148. 1. En cada junta distrital, de manera permanente,...
Artículo 149. 1. Las observaciones pertinentes que los ciudadanos formulen...
Artículo 150. 1. Los partidos políticos, conforme a lo establecido...
Artículo 151. 1. El 15 de febrero del año en...
Artículo 152. 1. Los partidos políticos contarán en el Instituto...
Artículo 153. 1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de...
Artículo 154. 1. A fin de mantener permanentemente actualizado el...
Artículo 155. 1. Las solicitudes de trámite realizadas por los...
Artículo 156. 1. La credencial para votar deberá contener, cuando...
Artículo 157. 1. Las comisiones de vigilancia se integrarán por:...
Artículo 158. 1. Las comisiones de vigilancia tienen las siguientes...
Artículo 159. 1. Los partidos políticos tienen derecho al uso...
Artículo 160. 1. El Instituto es la autoridad única para...
Artículo 161. 1. El Instituto y las autoridades electorales de...
Artículo 162. 1. El Instituto ejercerá sus facultades en materia...
Artículo 163. 1. El Consejo General, a propuesta motivada y...
Artículo 164. 1. Los Organismos Públicos Locales deberán solicitar al...
Artículo 165. 1. Dentro de los procesos electorales federales, a...
Artículo 166. 1. El tiempo a que se refiere el...
Artículo 167. 1. Durante las precampañas y campañas electorales federales,...
Artículo 168. 1. A partir del día en que, conforme...
Artículo 169. 1. Del tiempo total disponible a que se...
Artículo 170. 1. El tiempo a que se refiere el...
Artículo 171. 1. Cada partido decidirá libremente la asignación por...
Artículo 172. 1. Cada partido político determinará, para cada entidad...
Artículo 173. 1. En las entidades federativas con procesos electorales...
Artículo 174. 1. Cada partido decidirá la asignación, entre las...
Artículo 175. 1. Para fines electorales en las entidades federativas...
Artículo 176. 1. Para su asignación entre los partidos políticos,...
Artículo 177. 1. Con motivo de las campañas electorales locales...
Artículo 178. 1. Los partidos con registro local vigente, previo...
Artículo 179. 1. En las entidades federativas a que se...
Artículo 180. 1. En ningún caso el Instituto podrá autorizar...
Artículo 181. 1. Fuera de los periodos de precampaña y...
Artículo 182. 1. El Instituto, y por su conducto, los...
Artículo 183. 1. Conforme a la Base III del artículo...
Artículo 184. 1. Para asegurar a los partidos políticos y...
Artículo 185. 1. El Consejo General ordenará la realización de...
Artículo 186. 1. El Reglamento establecerá los plazos para la...
Artículo 187. 1. Los partidos políticos nacionales disfrutarán de las...
Artículo 188. 1. Las franquicias postales se sujetarán a las...
Artículo 189. 1. Las franquicias telegráficas se otorgarán exclusivamente para...
Artículo 190. 1. La fiscalización de los partidos políticos se...
Artículo 191. 1. Son facultades del Consejo General del Instituto...
Artículo 192. 1. El Consejo General del Instituto ejercerá las...
Artículo 193. 1. El documento que ordene la visita de...
Artículo 194. 1. Para el funcionamiento de la Comisión de...
Artículo 195. 1. Los Organismos Públicos Locales que ejerzan facultades...
Artículo 196. 1. La Unidad Técnica de Fiscalización de la...
Artículo 197. 1. El titular de la Unidad Técnica de...
Artículo 198. 1. El personal de la Comisión de Fiscalización...
Artículo 199. 1. La Unidad Técnica de Fiscalización tendrá las...
Artículo 200. 1. Las autoridades y las instituciones públicas y...
Artículo 201. 1. Con fundamento en el artículo 41 de...
Artículo 202. 1. El Servicio Profesional Electoral Nacional se integra...
Artículo 203. 1. El Estatuto deberá establecer las normas para:...
Artículo 204. 1. En el Estatuto se establecerán, además de...
Artículo 205. 1. Por la naturaleza de la función estatal...
Artículo 206. 1. Todo el personal del Instituto será considerado...
Artículo 207. 1. El proceso electoral es el conjunto de...
Artículo 208. 1. Para los efectos de esta Ley, el...
Artículo 209. 1. Durante el tiempo que comprendan las campañas...
Artículo 210. 1. La distribución o colocación de la propaganda...
Artículo 211. 1. Para los efectos de este Capítulo, se...
Artículo 212. 1. Los partidos políticos, precandidatos y simpatizantes están...
Artículo 213. 1. El Consejo General emitirá las reglas, lineamientos...
Artículo 214. 1. La demarcación de los distritos electorales federales...
Artículo 215. 1. El Consejo General será responsable de aprobar...
Artículo 216. 1. Esta Ley y las leyes electorales locales...
Artículo 217. 1. Los ciudadanos que deseen ejercitar su derecho...
Artículo 218. 1. El Consejo General organizará dos debates obligatorios...
Artículo 219. 1. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es...
Artículo 220. 1. El Instituto y los Organismos Públicos Locales...
Artículo 221. 1. El Instituto establecerá convenios de coordinación con...
Artículo 222. 1. Las personas físicas o morales que difundan...
Artículo 223. 1. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público,...
Artículo 224. 1. Las disposiciones del presente Título sólo serán...
Artículo 225. 1. El proceso electoral ordinario se inicia en...
Artículo 226. 1. Los procesos internos para la selección de...
Artículo 227. 1. Se entiende por precampaña electoral el conjunto...
Artículo 228. 1. Los partidos políticos, conforme a sus Estatutos,...
Artículo 229. 1. A más tardar en el mes de...
Artículo 230. 1. Quedarán comprendidos dentro de los topes de...
Artículo 231. 1. A las precampañas y a los precandidatos...
Artículo 232. 1. Corresponde a los partidos políticos nacionales el...
Artículo 233. 1. De la totalidad de solicitudes de registro,...
Artículo 234. 1. Las listas de representación proporcional se integrarán...
Artículo 235. 1. Hecho el cierre del registro de candidaturas,...
Artículo 236. 1. Para el registro de candidaturas a todo...
Artículo 237. 1. Los plazos y órganos competentes para el...
Artículo 238. 1. La solicitud de registro de candidaturas deberá...
Artículo 239. 1. Recibida una solicitud de registro de candidaturas...
Artículo 240. 1. El Consejo General solicitará oportunamente la publicación...
Artículo 241. 1. Para la sustitución de candidatos, los partidos...
Artículo 242. 1. La campaña electoral, para los efectos de...
Artículo 243. 1. Los gastos que realicen los partidos políticos,...
Artículo 244. 1. Las reuniones públicas realizadas por los partidos...
Artículo 245. 1. Los partidos políticos o candidatos que decidan...
Artículo 246. 1. La propaganda impresa que los candidatos utilicen...
Artículo 247. 1. La propaganda y mensajes que en el...
Artículo 248. 1. La propaganda que los partidos políticos, las...
Artículo 249. 1. En las oficinas, edificios y locales ocupados...
Artículo 250. 1. En la colocación de propaganda electoral los...
Artículo 251. 1. Las campañas electorales para Presidente de los...
Artículo 252. 1. Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en...
Artículo 253. 1. En elecciones federales o en las elecciones...
Artículo 254. 1. El procedimiento para integrar las mesas directivas...
Artículo 255. 1. Las casillas deberán ubicarse en lugares que...
Artículo 256. 1. El procedimiento para determinar la ubicación de...
Artículo 257. 1. Las publicaciones de las listas de integrantes...
Artículo 258. 1. Los consejos distritales, a propuesta de las...
Artículo 259. 1. Los partidos políticos, una vez registrados sus...
Artículo 260. 1. La actuación de los representantes generales de...
Artículo 261. 1. Los representantes de los partidos políticos y...
Artículo 262. 1. El registro de los nombramientos de los...
Artículo 263. 1. La devolución a que refiere el inciso...
Artículo 264. 1. Los nombramientos de los representantes ante las...
Artículo 265. 1. Los nombramientos de los representantes generales deberán...
Artículo 266. 1. Para la emisión del voto el Consejo...
Artículo 267. 1. No habrá modificación a las boletas en...
Artículo 268. 1. Las boletas deberán obrar en poder del...
Artículo 269. 1. Los presidentes de los consejos distritales entregarán...
Artículo 270. 1. Las urnas en que los electores depositen...
Artículo 271. 1. El presidente y el secretario de cada...
Artículo 272. 1. Los consejos distritales darán publicidad a la...
Artículo 273. 1. Durante el día de la elección se...
Artículo 274. 1. De no instalarse la casilla, a las...
Artículo 275. 1. Los funcionarios y representantes que actuaron en...
Artículo 276. 1. Se considera que existe causa justificada para...
Artículo 277. 1. Una vez llenada y firmada el acta...
Artículo 278. 1. Los electores votarán en el orden en...
Artículo 279. 1. Una vez comprobado que el elector aparece...
Artículo 280. 1. Corresponde al presidente de la mesa directiva,...
Artículo 281. 1. El presidente de la mesa directiva podrá...
Artículo 282. 1. Los representantes de los partidos políticos y...
Artículo 283. 1. Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes...
Artículo 284. 1. En las casillas especiales para recibir la...
Artículo 285. 1. La votación se cerrará a las 18:00...
Artículo 286. 1. El presidente declarará cerrada la votación al...
Artículo 287. 1. Una vez cerrada la votación y llenado...
Artículo 288. 1. El escrutinio y cómputo es el procedimiento...
Artículo 289. 1. El escrutinio y cómputo se llevará a...
Artículo 290. 1. El escrutinio y cómputo de cada elección...
Artículo 291. 1. Para determinar la validez o nulidad de...
Artículo 292. 1. Si se encontrasen boletas de una elección...
Artículo 293. 1. Se levantará un acta de escrutinio y...
Artículo 294. 1. Concluido el escrutinio y el cómputo de...
Artículo 295. 1. Al término del escrutinio y cómputo de...
Artículo 296. 1. De las actas de las casillas asentadas...
Artículo 297. 1. Cumplidas las acciones a que se refiere...
Artículo 298. 1. Concluidas por los funcionarios de la mesa...
Artículo 299. 1. Una vez clausuradas las casillas, los presidentes...
Artículo 300. 1. Para asegurar el orden y garantizar el...
Artículo 301. 1. Las autoridades federales, estatales y municipales, a...
Artículo 302. 1. Los notarios públicos en ejercicio mantendrán abiertas...
Artículo 303. 1. Los consejos distritales, con la vigilancia de...
Artículo 304. 1. La recepción, depósito y salvaguarda de los...
Artículo 305. 1. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es...
Artículo 306. 1. El Instituto definirá a más tardar en...
Artículo 307. 1. Conforme los paquetes electorales sean entregados al...
Artículo 308. 1. Para el mejor conocimiento de los ciudadanos,...
Artículo 309. 1. El cómputo distrital de una elección es...
Artículo 310. 1. Los consejos distritales celebrarán sesión a partir...
Artículo 311. 1. El cómputo distrital de la votación para...
Artículo 312. 1. Concluido el cómputo y emitida la declaración...
Artículo 313. 1. El cómputo distrital de la votación para...
Artículo 314. 1. El cómputo distrital de la votación para...
Artículo 315. 1. Los presidentes de los consejos distritales fijarán...
Artículo 316. 1. El presidente del consejo distrital deberá: a)...
Artículo 317. 1. El presidente del consejo distrital, una vez...
Artículo 318. 1. Los presidentes de los consejos distritales conservarán...
Artículo 319. 1. Los consejos locales celebrarán sesión el domingo...
Artículo 320. 1. El cómputo de entidad federativa es el...
Artículo 321. 1. El presidente del consejo local deberá: a)...
Artículo 322. 1. El cómputo de circunscripción plurinominal es la...
Artículo 323. 1. El consejo local que resida en la...
Artículo 324. 1. El cómputo de circunscripción plurinominal se sujetará...
Artículo 325. 1. El presidente del consejo local que resida...
Artículo 326. 1. El domingo siguiente al de la jornada...
Artículo 327. 1. En los términos de los artículos 54...
Artículo 328. 1. El Presidente del Consejo General expedirá a...
Artículo 329. 1. Los ciudadanos que residan en el extranjero...
Artículo 330. 1. Para el ejercicio del voto los ciudadanos...
Artículo 331. 1. Los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos...
Artículo 332. 1. La solicitud de inscripción en la sección...
Artículo 333. 1. Las listas nominales de electores residentes en...
Artículo 334. 1. A partir del 1 de septiembre y...
Artículo 335. 1. Las solicitudes de inscripción al padrón electoral...
Artículo 336. 1. Concluido el plazo para la recepción de...
Artículo 337. 1. Los partidos políticos, a través de sus...
Artículo 338. 1. A más tardar el 15 de febrero...
Artículo 339. 1. A más tardar el 31 de diciembre...
Artículo 340. 1. La documentación y el material electoral a...
Artículo 341. 1. Recibida la boleta electoral por los ciudadanos...
Artículo 342. 1. Una vez que el ciudadano haya votado,...
Artículo 343. 1. El Consejo General determinará la forma en...
Artículo 344. 1. La Junta General Ejecutiva o, en su...
Artículo 345. 1. Serán considerados votos emitidos en el extranjero...
Artículo 346. 1. Con base en las listas nominales de...
Artículo 347. 1. Las mesas de escrutinio y cómputo se...
Artículo 348. 1. Para el escrutinio y cómputo de los...
Artículo 349. 1. Las actas de escrutinio y cómputo de...
Artículo 350. 1. Concluido en su totalidad el escrutinio y...
Artículo 351. 1. La Junta General Ejecutiva, por los medios...
Artículo 352. 1. El resultado de la votación emitida desde...
Artículo 353. 1. Los partidos políticos nacionales y locales, así...
Artículo 354. 1. Para el cumplimiento de las atribuciones y...
Artículo 355. 1. El costo de los servicios postales derivado...
Artículo 356. 1. El Consejo General y los Consejos de...
Artículo 357. 1. Las disposiciones contenidas en este Libro, tienen...
Artículo 358. 1. El Consejo General proveerá lo conducente para...
Artículo 359. 1. Son aplicables, en todo lo que no...
Artículo 360. 1. La organización y desarrollo de la elección...
Artículo 361. 1. El derecho de los ciudadanos de solicitar...
Artículo 362. 1. Los ciudadanos que cumplan con los requisitos,...
Artículo 363. 1. Para los efectos de la integración del...
Artículo 364. 1. Las fórmulas de candidatos para el cargo...
Artículo 365. 1. Los Candidatos Independientes que hayan participado en...
Artículo 366. 1. Para los efectos de esta Ley, el...
Artículo 367. 1. El Consejo General emitirá la Convocatoria dirigida...
Artículo 368. 1. Los ciudadanos que pretendan postular su candidatura...
Artículo 369. 1. A partir del día siguiente de la...
Artículo 370. 1. Se entiende por actos tendentes a recabar...
Artículo 371. 1. Para la candidatura de Presidente de los...
Artículo 372. 1. Los aspirantes no podrán realizar actos anticipados...
Artículo 373. 1. La cuenta a la que se refiere...
Artículo 374. 1. Los actos tendentes a recabar el apoyo...
Artículo 375. 1. Los aspirantes que rebasen el tope de...
Artículo 376. 1. Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo...
Artículo 377. 1. El Consejo General, a propuesta de la...
Artículo 378. 1. El aspirante que no entregue el informe...
Artículo 379. 1. Son derechos de los aspirantes: a) Solicitar...
Artículo 380. 1. Son obligaciones de las personas aspirantes: a)...
Artículo 381. 1. Los ciudadanos que aspiren a participar como...
Artículo 382. 1. Los plazos y órganos competentes para el...
Artículo 383. 1. Los ciudadanos que aspiren a participar como...
Artículo 384. 1. Si de la verificación realizada se advierte...
Artículo 385. 1. Una vez que se cumplan los demás...
Artículo 386. 1. Si la solicitud no reúne el porcentaje...
Artículo 387. 1. Ninguna persona podrá registrarse como candidato a...
Artículo 388. 1. Dentro de los tres días siguientes al...
Artículo 389. 1. El Secretario del Consejo General y los...
Artículo 390. 1. Los Candidatos Independientes que obtengan su registro...
Artículo 391. 1. Tratándose de la fórmula de diputados, será...
Artículo 392. 1. En el caso de las listas de...
Artículo 393. 1. Son prerrogativas y derechos de los Candidatos...
Artículo 394. 1. Son obligaciones de las Candidatas y los...
Artículo 395. 1. Los Candidatos Independientes que incumplan con la...
Artículo 396. 1. Los Candidatos Independientes, de conformidad con lo...
Artículo 397. 1. El registro de los nombramientos de los...
Artículo 398. 1. El régimen de financiamiento de los Candidatos...
Artículo 399. 1. El financiamiento privado se constituye por las...
Artículo 400. 1. Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones...
Artículo 401. 1. No podrán realizar aportaciones o donativos en...
Artículo 402. 1. Los Candidatos Independientes no podrán solicitar créditos...
Artículo 403. 1. Para el manejo de los recursos de...
Artículo 404. 1. Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo...
Artículo 405. 1. Las aportaciones de bienes muebles, servicios o...
Artículo 406. 1. En ningún caso, los Candidatos Independientes podrán...
Artículo 407. 1. Los Candidatos Independientes tendrán derecho a recibir...
Artículo 408. 1. El monto que le correspondería a un...
Artículo 409. 1. Los candidatos deberán nombrar una persona encargada...
Artículo 410. 1. Los Candidatos Independientes deberán reembolsar al Instituto...
Artículo 411. 1. El Instituto, como autoridad única para la...
Artículo 412. 1. El conjunto de Candidatos Independientes, según el...
Artículo 413. 1. Los Candidatos Independientes deberán entregar sus materiales...
Artículo 414. 1. Ninguna persona física o moral, sea a...
Artículo 415. 1. El Instituto, podrá ordenar la suspensión inmediata...
Artículo 416. 1. Para la transmisión de mensajes de los...
Artículo 417. 1. El tiempo que corresponda a cada Candidato...
Artículo 418. 1. El Comité de Radio y Televisión del...
Artículo 419. 1. Las infracciones a lo establecido en esta...
Artículo 420. 1. Los Candidatos Independientes disfrutarán de las franquicias...
Artículo 421. 1. Las franquicias postales para los Candidatos Independientes...
Artículo 422. 1. Los Candidatos Independientes no tendrán derecho al...
Artículo 423. 1. Son aplicables a los Candidatos Independientes, las...
Artículo 424. 1. La propaganda electoral de los Candidatos Independientes...
Artículo 425. 1. La revisión de los informes que los...
Artículo 426. 1. La Unidad Técnica de Fiscalización de la...
Artículo 427. 1. La Comisión de Fiscalización del Consejo General...
Artículo 428. 1. La Unidad Técnica de Fiscalización de la...
Artículo 429. 1. En el ejercicio de sus facultades, la...
Artículo 430. 1. Los aspirantes deberán presentar ante la Unidad...
Artículo 431. 1. Los candidatos deberán presentar ante la Unidad...
Artículo 432. 1. Los Candidatos Independientes figurarán en la misma...
Artículo 433. 1. En la boleta, de acuerdo a la...
Artículo 434. 1. En la boleta no se incluirá, ni...
Artículo 435. 1. Los documentos electorales serán elaborados por el...
Artículo 436. 1. Se contará como voto válido la marca...
Artículo 437. 1. Para determinar la votación nacional emitida que...
Artículo 438. 1. Corresponde al Instituto la organización, desarrollo, otorgamiento...
Artículo 439. 1. En materia de fiscalización de recursos, el...
Artículo 440. 1. Las leyes electorales locales deberán considerar las...
Artículo 441. 1. En la sustanciación de los procedimientos sancionadores,...
Artículo 442. 1. Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas...
Artículo 442 Bis. 1. La violencia política contra las mujeres...
Artículo 443. 1. Constituyen infracciones de los partidos políticos a...
Artículo 444. 1. Constituyen infracciones de las agrupaciones políticas a...
Artículo 445. 1. Constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos o...
Artículo 446. 1. Constituyen infracciones de los aspirantes y Candidatos...
Artículo 447. 1. Constituyen infracciones de los ciudadanos, de los...
Artículo 448. 1. Constituyen infracciones de los observadores electorales, y...
Artículo 449. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 450. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 451. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 452. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 453. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 454. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 455. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de...
Artículo 456. 1. Las infracciones señaladas en los artículos anteriores...
Artículo 457. 1. Cuando las autoridades federales, estatales o municipales...
Artículo 458. 1. Cuando las autoridades federales, estatales o municipales...
Artículo 459. 1. Son órganos competentes para la tramitación y...
Artículo 460. 1. Las notificaciones se harán a más tardar...
Artículo 461. 1. Son objeto de prueba los hechos controvertidos....
Artículo 462. 1. Las pruebas admitidas y desahogadas serán valoradas...
Artículo 463. 1. Para la resolución expedita de las quejas...
Artículo 463 Bis. 1. Las medidas cautelares que podrán ser...
Artículo 463 Ter. 1. En la resolución de los procedimientos...
Artículo 464. 1. El procedimiento para el conocimiento de las...
Artículo 465. 1. Cualquier persona podrá presentar quejas o denuncias...
Artículo 466. 1. La queja o denuncia será improcedente cuando:...
Artículo 467. 1. Admitida la queja o denuncia, la Unidad...
Artículo 468. 1. La investigación para el conocimiento cierto de...
Artículo 469. 1. Concluido el desahogo de las pruebas y,...
Artículo 470. 1. Dentro de los procesos electorales, la Secretaría...
Artículo 471. 1. Cuando la conducta infractora esté relacionada con...
Artículo 472. 1. La audiencia de pruebas y alegatos se...
Artículo 473. 1. Celebrada la audiencia, la Unidad Técnica de...
Artículo 474. 1. Cuando las denuncias a que se refiere...
Artículo 474 Bis. 1. En los procedimientos relacionadas con violencia...
Artículo 475. 1. Será competente para resolver sobre el procedimiento...
Artículo 476. 1. La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral,...
Artículo 477. 1. Las sentencias que resuelvan el procedimiento especial...
Artículo 478. 1. Para los efectos del presente Capítulo, serán...
Artículo 479. 1. Serán causas de responsabilidad para los servidores...
Artículo 480. 1. Para la determinación de las responsabilidades administrativas...
Artículo 481. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 482. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 483. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 484. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 485. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 486. (DEROGADO, D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017) (REFORMADA...
Artículo 487. 1. El Órgano Interno de Control es un...
Artículo 488. 1. El titular del Órgano Interno de Control...
Artículo 489. 1. El titular del Órgano Interno de Control...
Artículo 490. 1. El Órgano Interno de Control tendrá las...
Artículo 491. 1. Los servidores públicos adscritos al Órgano Interno...
Artículo 492. 1. Los órganos, áreas ejecutivas y servidores públicos...
Artículo 493. 1. Si transcurrido el plazo establecido por el...