Artículo 61. El patrimonio del Fondo se destinará exclusivamente a los siguientes fines:
I. Sufragar los gastos que origine su Administración;
II. Adquirir los bienes muebles e inmuebles para la Junta;
III. Construir en los bienes inmuebles adquiridos;
IV. Mejorar, ampliar y remodelar las sedes de este Tribunal, y
V. Adquirir los insumos necesarios para desarrollar nuevas herramientas tecnológicas que garanticen la seguridad, plena conectividad a nivel nacional y la interoperabilidad con las plataformas tecnológicas de otras autoridades.
Structure Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje