Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 61

Artículo 61. El patrimonio del Fondo se destinará exclusivamente a los siguientes fines:

I. Sufragar los gastos que origine su Administración;

II. Adquirir los bienes muebles e inmuebles para la Junta;

III. Construir en los bienes inmuebles adquiridos;

IV. Mejorar, ampliar y remodelar las sedes de este Tribunal, y

V. Adquirir los insumos necesarios para desarrollar nuevas herramientas tecnológicas que garanticen la seguridad, plena conectividad a nivel nacional y la interoperabilidad con las plataformas tecnológicas de otras autoridades.