Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 57

Artículo 57. El patrimonio del Fondo será diferente del presupuesto anual asignado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y no afectará las partidas que sean autorizadas mediante dicho presupuesto.