Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 37

Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Archivos:

I.          Administrar los archivos de la Junta y adoptar las acciones necesarias para la conservación y custodia de los documentos;

II.         Realizar revisiones periódicas a los archivos de Juntas Especiales, para verificar los inventarios de expedientes físicos del Archivo Único de Trámite;

III.        Supervisar que el servicio de los archivos se otorgue en los términos de las disposiciones aplicables, y

IV.       Asesorar a las Juntas Especiales en las entidades federativas, para la organización y funcionamiento de sus archivos.

Dirección de Planeación y Organización de Personal