Artículo 20. Corresponde a la Secretaría General de Consultoría y Asuntos Jurídicos:
I. Asesorar jurídicamente a la Presidenta o Presidente de la Junta;
II. Actuar como órgano de consulta de los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas de la Junta;
III. Representar legalmente a la Presidenta o Presidente de la Junta ante los órganos jurisdiccionales, contencioso-administrativos o de otra naturaleza jurídica en los procedimientos de cualquier índole;
IV. Elaborar y presentar a la consideración de la Presidenta o Presidente de la Junta los proyectos de reglamentos, instrumentos y lineamientos que solicite;
V. Coordinar, a través de la Secretaría Auxiliar de Amparos, el apoyo oportuno de los trámites, informes, certificaciones, resoluciones y demás actos inherentes a los juicios de amparo de los asuntos colectivos;
VI. Supervisar el apoyo que la Secretaría Auxiliar de Amparos otorgue a las Juntas Especiales radicadas en el Distrito Federal, en la tramitación de los amparos de asuntos individuales, cuando haya programas específicos que así lo requieran;
VII. Atender, a través de la Secretaría Auxiliar de Amparos, las consultas que en materia de amparo requieran en su caso, las Juntas Especiales ubicadas en las entidades federativas;
VIII. Coordinar la publicación en medios impresos, informáticos o magnéticos de documentos de interés para la Junta, de acuerdo con los programas anuales y con la disponibilidad presupuestal;
IX. Establecer acciones de colaboración con los tribunales federales y locales en materia de trabajo;
X. Dar seguimiento a los incidentes de inejecución de sentencia, para comunicar a la Presidenta o Presidente de la Junta y a la Secretaría General de Conciliación y Asuntos Individuales, las posibles irregularidades de las Presidentas o los Presidentes de Junta Especial en el desempeño de sus labores;
XI. Participar, en coordinación con la Secretaría, en la preparación y organización de las Convenciones en que se designen las o los Representantes de las Trabajadoras o Trabajadores y de los Representantes de las Patronas o Patrones de la Junta y Jurado de Responsabilidades;
XII. Fungir como enlace de la Junta ante la Secretaría, a fin de apoyar en la atención de asuntos jurídicos;
XIII. Proporcionar a la Secretaría información sobre memorias de cumplimiento de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, y otros instrumentos internacionales, en lo concerniente al ejercicio de las facultades de la Junta, y
XIV. Supervisar el funcionamiento de la Biblioteca de la Junta.
Structure Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje