Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 30

Artículo 30. Corresponde a la Secretaría Auxiliar de Asesoría Jurídica e Información Técnica:

I.          Brindar asesoría jurídica a las Juntas Especiales, para la tramitación de los asuntos a su cargo, con la participación que corresponda de las Secretarías Generales y Auxiliares;

II.         Comunicar a las áreas jurídicas de la Junta, los criterios aprobados por el Pleno;

III.        Operar la Biblioteca de la Junta;

IV.       Elaborar y mantener actualizado el directorio de las autoridades jurisdiccionales de trabajo del país;

V.        Coadyuvar con la Secretaría General de Acuerdos, Conciliación y Asuntos Colectivos en las sesiones preparatorias de criterios del Pleno;

VI.       Tramitar la publicación impresa, o en medios informáticos o magnéticos de la Gaceta Laboral y otros materiales de interés para la Junta, de acuerdo con los programas anuales;

VII.      Establecer canales de comunicación e interrelación permanente con las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, para fortalecer la impartición de justicia;

VIII.     Difundir entre las Juntas Especiales y demás áreas jurídicas que integran a la Junta, la jurisprudencia en materia de trabajo que se emita por el Poder Judicial de la Federación;

IX.       Apoyar a la Secretaría General de Consultoría y Asuntos Jurídicos en la preparación de los proyectos de convocatoria para la designación de Representantes de Trabajadoras o Trabajadores y de los Representantes de las Patronas o Patrones ante la Junta;

X.        Compilar y difundir en medios electrónicos el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Laboral;

XI.       Compilar el Boletín Laboral de la Junta;

XII.      Recabar la información necesaria para preparar las memorias de cumplimiento de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, y otros Instrumentos internacionales, en lo concerniente al ejercicio de las facultades de la Junta;

XIII.     Formular los anteproyectos de reglamentos, instrumentos y lineamientos;

XIV.    Elaborar los anteproyectos de manuales administrativos de organización y de procesos de esa Secretaría Auxiliar, y de la de Amparos, así como de la Secretaría General de Consultoría y Asuntos Jurídicos, y remitirlos a la Coordinación General de Administración, y

XV.     Atender a los estudiantes que soliciten información relacionada con las funciones sustantivas de la Junta.

De la Secretaría Auxiliar de Amparos