Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 39

Artículo 39. La Secretaría General de Conciliación y Asuntos Individuales, y la Secretaría General de Acuerdos, Conciliación y Asuntos Colectivos, contarán con el número de Funcionarias o Funcionarios Conciliadores que asigne la Presidenta o el Presidente de la Junta, conforme al presupuesto asignado.