Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 59

Artículo 59. La Secretaría Técnica del Fondo tendrá las obligaciones siguientes:

I. Llevar la documentación relativa;

II. Elaborar los informes periódicos sobre la situación contable y financiera que guarde el Fondo;

III. Proponer con cargo a los rendimientos del Fondo las erogaciones y gastos necesarios para el mejoramiento de la impartición de justicia laboral, y

IV. Las demás que señale el Comité.