Artículo 59. La Secretaría Técnica del Fondo tendrá las obligaciones siguientes:
I. Llevar la documentación relativa;
II. Elaborar los informes periódicos sobre la situación contable y financiera que guarde el Fondo;
III. Proponer con cargo a los rendimientos del Fondo las erogaciones y gastos necesarios para el mejoramiento de la impartición de justicia laboral, y
IV. Las demás que señale el Comité.
Structure Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje