Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 13

Artículo 13. Corresponde a la Secretaria o Secretario del Pleno:

I.          Preparar y distribuir entre las o los Representantes de las Trabajadoras o los Trabajadores y los Representantes de las Patronas o los Patrones el orden del día y la documentación inherente a las sesiones ordinarias, extraordinarias y especiales;

II.         Certificar la existencia del quórum legal para la celebración de las sesiones del Pleno, así como dar fe de las resoluciones que se adopten;

III.        Dar lectura a los documentos relacionados con los asuntos contenidos en el orden del día;

IV.       Levantar las actas de las sesiones haciendo constar en ellas las resoluciones que en cada caso se adopten;

V.        Integrar las actas de las sesiones del Pleno y proporcionar a la Presidenta o Presidente y a las Coordinadoras o los Coordinadores de Representantes de las Trabajadoras o los Trabajadores y los Representantes de las Patronas o los Patrones, copia autorizada de las mismas, cuando así lo soliciten;

VI.       Dar a conocer a través del Boletín Laboral las resoluciones y criterios que ordene el Pleno;

VII.      Elaborar los proyectos de acuerdos, conclusiones, opiniones, resoluciones y demás asuntos que determine el Pleno;

VIII.     Integrar y mantener los libros protocolarios anuales de los plenos celebrados, requisitando las firmas de sus participantes, y

IX.       Las demás que le asigne el Pleno y la Presidenta o el Presidente de la Junta, en el ámbito de sus respectivas competencias.