Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Artículo 21

Artículo 21. Corresponde a la Coordinación General de Administración:

I.          Coordinar, con la participación que corresponda de las autoridades de la Secretaría, la administración y evaluación de los recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos asignados a la Junta, así como vigilar la aplicación de las disposiciones normativas en la materia;

II.         Vigilar la aplicación de las disposiciones normativas en materia de programación y presupuesto, servicio profesional de carrera, transparencia e información pública;

III.        Proponer a la Secretaría las modificaciones a la estructura orgánica de la Junta, de acuerdo con las disposiciones aplicables;

IV.       Desarrollar, en coordinación con las Secretarías Generales de la Junta, estrategias enfocadas a modernizar los sistemas de trabajo y productividad, para proponerlos a la Presidenta o Presidente de la Junta;

V.        Atender, en coordinación con la Secretaría, las necesidades de recursos humanos de las áreas jurídicas y administrativas que integran la Junta, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria;

VI.       Coordinar las visitas de verificación a las áreas jurídicas y administrativas de la Junta, con el objeto de mantener actualizada la estructura ocupacional de las mismas, y proponer los mecanismos necesarios para equilibrar las cargas de trabajo y lograr el aprovechamiento del personal asignado a la Junta;

VII.      Atender las necesidades en materia de bienes y servicios de las áreas jurídicas y administrativas que integran la Junta, así como autorizar el trámite para su adquisición y contratación ante las áreas competentes de la Secretaría, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal;

VIII.     Autorizar el reembolso del fondo rotatorio asignado y supervisar su reintegro;

IX.       Gestionar ante la Secretaría el desarrollo de aplicaciones en materia de tecnologías de la información y comunicaciones para la Junta;

X.        Conducir, en coordinación con la Secretaría, las relaciones laborales al interior de la Junta, y solicitar la autorización de altas, bajas, promociones, licencias y cambios de adscripción del personal de la Junta;

XI.       Proponer a la Presidenta o Presidente de la Junta el programa anual de capacitación y remitirlo a la Secretaría;

XII.      Coordinar los servicios que presten los archivos de la Junta;

XIII.     Coordinar el proceso de integración de información estadística de la Junta, que permita conocer el resultado de los procedimientos jurisdiccionales por periodos determinados;

XIV.    Colaborar en el establecimiento de los modelos de evaluación interna del desempeño de la Junta y del personal jurídico;

XV.     Dirigir la integración y presentación de la información institucional de la Junta, a fin de cumplir con la obligación en materia de rendición de cuentas;

XVI.    Coordinar con las áreas correspondientes la atención a las observaciones, recomendaciones y propuestas de mejora, derivadas de auditorías y revisiones realizadas por los órganos de control y fiscalización.

            En el caso que las observaciones, recomendaciones y propuestas sean hechas a una Junta Especial, la coordinación se hará con la Secretaría General de Conciliación y Asuntos Individuales;

XVII.   Coordinar los trabajos para la elaboración y actualización de los proyectos de manuales administrativos de organización y de procesos de la Junta;

XVIII. Desempeñar las comisiones que le encomiende la Presidenta o Presidente de la Junta y mantenerlo informado de los resultados de las mismas;y

XIX.    Las demás que le asigne el Pleno y la Presidenta o Presidente de la Junta, en el ámbito de sus respectivas competencias.