Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos
Artículo 33

Artículo 33.- En el caso de los permisos de distribución por Ductos los solicitantes, además de lo señalado en los artículos 15 y 16 de este Reglamento, deberán presentar lo siguiente:

I.     Descripción detallada de la ubicación, características y capacidad de las instalaciones, equipos y procesos con los que se pretende llevar a cabo la distribución por Ductos, así como los dictámenes técnicos emitidos por Personas Acreditadas aprobadas por la SENER, acreditando que los mismos cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables;

II.   Descripción detallada de los sistemas de seguridad que se requieran durante la operación normal de dichas instalaciones, equipos y procesos;

III.  Aquellos documentos que acrediten la viabilidad técnica y económica del proyecto;

IV.   Aquellos documentos que acrediten la propiedad, posesión o autorización de uso de las instalaciones, equipos y procesos con los que se pretendan llevar a cabo la distribución por Ductos de Bioenergéticos o, en su defecto, información detallada de los actos previstos para tal efecto;

V.    Descripción de los Ductos a través de los cuales se llevará a cabo la distribución, señalando dimensiones, características y ubicación exacta de los mismos;

VI.   Plano básico de localización que muestre las coordenadas y el trazo general de los Ductos;

VII. Plano general por secciones;

VIII.           Plano de detalle de instalaciones tipo;

IX.   Memorias técnico descriptivas de los Ductos;

X.    Procedimientos y condiciones de operación y mantenimiento de los Ductos;

XI.   Plan integral de seguridad;

XII. Autorización que otorga la SEMARNAT en materia de impacto ambiental, a que se refiere el artículo 52 de este Reglamento;

XIII.           Propuesta de las condiciones generales bajo las cuales se pretenden desarrollar las actividades objeto del permiso;

XIV. Plano georeferenciado que presente las coordenadas geográficas precisas de la poligonal que delimita el trayecto de los Ductos, así como el trazo de éste y el de su interconexión con la planta de producción o instalación de almacenamiento, y que permita identificar su localización por entidad federativa y municipio, y

XV.  Escrito presentado ante la SENER, en el que el solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros que pudieran derivarse de la realización de las actividades objeto de permiso, junto con el aviso de inicio de operaciones a que se refiere el artículo 40 de este Reglamento.