Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos
Artículo 16

Artículo 16.- Las solicitudes de permiso se acompañarán con los siguientes documentos, en original y copia simple para su cotejo:

I.     Si se trata de persona física, identificación oficial con fotografía y firma del solicitante y, en su caso, Clave Única del Registro de Población;

II.   Si se trata de persona moral, los instrumentos que acrediten su legal constitución y, en su caso, las modificaciones a los estatutos sociales.

       El objeto social de las personas morales solicitantes de permisos deberá establecer expresamente la actividad o las actividades para las cuales se solicitan los permisos respectivos;

III.  Comprobante de domicilio;

IV.   Registro Federal de Contribuyentes y domicilio fiscal, y

V.    En su caso, los instrumentos que acrediten la personalidad y las facultades del representante o representantes legales, así como la identificación oficial con firma y fotografía de los mismos.

Una vez cotejadas las copias de la documentación correspondiente, se devolverán al interesado los originales de la misma.