Artículo 35.- La Dirección se coordinará con las autoridades competentes, para realizar los exámenes correspondientes y tomar las muestras biológicas para los estudios histopatológicos, toxicológicos y complementarios al personal implicado en un accidente o incidente en el transporte en el lugar de los hechos o en el lugar al que fuera trasladado.
Structure Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte