Artículo 3.- Corresponde a la Secretaría la aplicación e interpretación del presente Reglamento.
Los exámenes a que se refiere este Reglamento se practicarán al personal que deba contar con Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, en términos de las disposiciones aplicables.
Structure Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte