Artículo 24. La Policía auxiliará de manera directa al Ministerio Público de la Federación. La Policía estará integrada por los agentes de la Policía a que se refiere la Ley Orgánica.
Con independencia de las atribuciones conferidas a la Policía y a sus unidades administrativas, cualquiera de los agentes de la Policía que le estén adscritos estará facultado para ejecutar mandamientos judiciales y ministeriales.
Structure Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República