CAPÍTULO OCTAVO
Artículo 24. La Policía auxiliará de manera directa al Ministerio...
Artículo 25. Al frente de la Policía habrá un Titular,...
Artículo 26. La Policía contará con el personal necesario para...
Artículo 27.- La Policía ejercerá sus facultades en el territorio...
Artículo 28.- Al frente de cada unidad administrativa que integre...