Artículo 118. El resultado de aprobado se obtiene en las siguientes circunstancias:
I. Las características, conductas o hábitos del evaluado se apegan a los principios constitucionales y legales que rigen la actuación de los servidores públicos, y
II. De la práctica de los exámenes no se aprecien indicadores de riesgo para el desarrollo de sus funciones o para el cumplimiento de las atribuciones de la Procuraduría.
Structure Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República