Artículo 131. Los expedientes conformados con motivo de los procesos de evaluación a cargo del Centro de Evaluación y Control de Confianza tendrán el carácter de información reservada y confidencial; y éste tendrá la custodia de los mismos, en los términos de las disposiciones aplicables.
Structure Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República