Artículo 134. La certificación a cargo del Centro de Evaluación y Control de Confianza tendrá por objeto acreditar que la persona evaluada es aprobada para ingresar o permanecer en la Procuraduría y que cuenta con los conocimientos, perfil, habilidades y aptitudes necesarias para el desempeño de su cargo.
Los certificados correspondientes contarán con las medidas de seguridad que se acuerden en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Structure Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República