Artículo 40 bis.- Para la venta de empresas, el SAE deberá establecer en las bases respectivas los términos y condiciones en que se deberá realizar el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta, el pago, la entrega, la formalización de la operación y, en general, todas aquellas circunstancias que por la naturaleza de la operación se requieran.
Sección Primera
De la Licitación Pública
Structure Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público