Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Artículo 32 ter

Artículo 32 ter.- En caso de que se requiera determinar el valor de los bienes objeto de asignación, donación o destrucción, se tomará el más reciente de entre el proporcionado por la entidad transferente, sin que exista necesidad de contar con avalúo vigente.