Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social
Artículo 29

Artículo 29. La Dirección General de Recursos Materiales tendrá las siguientes atribuciones:

I. Planear, programar, organizar, instrumentar y operar los sistemas de administración de los recursos materiales de la Secretaría;

II. Difundir y aplicar la normatividad vigente en materia de administración de los recursos materiales y servicios generales de la Secretaría, supervisando su cumplimiento;

III. Apoyar a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría en la adquisición de bienes y suministros, así como en la contratación de obra pública, control de activos y aprovechamiento de los recursos materiales;

IV. Participar en la integración del anteproyecto de presupuesto, así como elaborar y supervisar los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y de obra pública, de acuerdo con los requerimientos de la Secretaría;

V. Efectuar las adquisiciones, contratación de servicios, así como abastecimiento de los recursos materiales y el suministro de los servicios generales que requiera la Secretaría, cuando dicha atribución no se encuentre conferida expresamente a otra unidad administrativa;

VI. Administrar el almacén general de la Secretaría por medio de un sistema de control de inventarios y realizar la distribución de bienes e insumos, de acuerdo con las disponibilidades existentes;

VII. Administrar los inventarios de bienes muebles e inmuebles, así como aprovechar los activos materiales de la Secretaría;

VIII. Conservar, mantener y utilizar los bienes de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

IX. Participar en los programas y acciones concertadas con las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, así como con las entidades del Sector, tendientes a fomentar sus acciones sobre el manejo ambiental de los recursos materiales;

X. Difundir y aplicar los criterios y lineamientos para proporcionar los servicios generales necesarios para el funcionamiento de las unidades administrativas de la Secretaría;

XI. Coordinar y proveer los servicios de logística a solicitud de las unidades administrativas de la Secretaría, en el desarrollo de sus eventos internos y externos;

(REFORMADA, D.O.F. 15 DE JULIO DE 2013)

XII. Coordinar la organización, clasificación y manejo de los documentos y expedientes de las unidades administrativas de la Secretaría, así como apoyar en la materia a los órganos administrativos desconcentrados de la misma, y

(REFORMADA, D.O.F. 15 DE JULIO DE 2013)

XIII. Administrar el programa de aseguramiento integral de los bienes de la Secretaría y, en su caso, de los órganos administrativos desconcentrados de la misma.

XIV. (DEROGADA, D.O.F. 15 DE JULIO DE 2013)