Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social
Artículo 14

Artículo 14. La Unidad de Coordinación de Delegaciones tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar a las delegaciones de la Secretaría en las entidades federativas, con objeto de que cumplan las políticas, programas y acciones de la Dependencia;

II. Autorizar a las delegaciones los programas de actividades y supervisar el ejercicio de los presupuestos correspondientes, informando de ello a su superior jerárquico;

III. Coordinar los apoyos institucionales de las delegaciones en la ejecución de los programas a cargo de las entidades del Sector;

IV. Coordinar la participación de las delegaciones en la formulación y seguimiento de los convenios y acuerdos de coordinación o concertación para el desarrollo social y humano, anexos de ejecución y otros derivados de los mismos, que celebre la Secretaría;

V. Vincular la operación y funcionamiento de las delegaciones con las unidades administrativas y demás órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría;

VI. Apoyar a las unidades administrativas y demás órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, en sus relaciones con las delegaciones;

VII. Instrumentar y operar sistemas de información entre las delegaciones, las unidades administrativas y, en su caso, demás órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría;

VIII. Emitir, con base en las políticas que determine su superior jerárquico y previo dictamen del Comité de Mejora Regulatoria Interna, criterios y lineamientos para la adecuada coordinación de las delegaciones, con las representaciones federales en las entidades federativas, así como con las autoridades de las mismas y de los municipios, las organizaciones sociales y privadas;

IX. Informar y difundir a las delegaciones, para su observancia, los criterios, normas, lineamientos, programas y disposiciones emitidas por las unidades administrativas de la Secretaría;

X. Supervisar que las delegaciones cumplan las normas, programas, lineamientos y disposiciones legales, presupuestales y técnicas que emitan las diversas instancias, informando de ello a su superior jerárquico;

XI. Recabar la información que, en materia de desarrollo social, generen las entidades federativas, sus municipios y las regiones del país, y coadyuvar a la evaluación de dicha información, así como proponer a las unidades administrativas correspondientes de la Secretaría, la formulación y ejecución de los programas y acciones que sean de su competencia;

XII. Proponer a su superior jerárquico el nombramiento y, en su caso, remoción de los delegados y conocer sobre la contratación y administración de las y los trabajadores de las delegaciones;

XIII. Proponer, coordinar y apoyar las giras y visitas de trabajo que el o que la Titular de la Secretaría y otras u otros servidores públicos realicen en las entidades federativas, en las que participe la Secretaría;

XIV. Organizar y coordinar reuniones nacionales y regionales de los delegados de la Secretaría y llevar el seguimiento de los acuerdos adoptados, y

XV. Proponer a su superior jerárquico las estrategias de modernización administrativa de las delegaciones en coordinación con la Oficialía Mayor.