Artículo 26. La Dirección General de Participación Social tendrá las siguientes atribuciones:
I. Analizar los programas sociales de los tres órdenes de gobierno con la finalidad de proponer a su superior jerárquico mecanismos de participación social de la población más desprotegida, en los programas a cargo de la Secretaría, así como promover, ante las instancias correspondientes, mecanismos que permitan homologar los métodos, elementos y características de la participación social a que se refiere esta fracción;
II. Diseñar mecanismos de incorporación y participación social que fomenten la consolidación del tejido social en áreas marginadas de las zonas rurales y urbanas;
III. Impulsar en las áreas marginadas de las zonas rurales y urbanas, mecanismos colectivos que fortalezcan la participación social en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de desarrollo social y programas sociales de la Secretaría;
IV. Articular iniciativas de participación social de la población que habita en áreas marginadas de las zonas rurales y urbanas, dirigidas a satisfacer necesidades de desarrollo social de sus integrantes;
V. Proponer a su superior jerárquico las disposiciones normativas de los programas de participación social;
VI. Instrumentar la operación de los programas de participación social, supervisar el ejercicio de los recursos y, en su caso, autorizar propuestas de inversión, cancelar autorizaciones y ejercer los recursos correspondientes, de conformidad con las disposiciones aplicables;
VII. Dar a conocer las disposiciones normativas y presupuestarias a los operadores de los programas de participación social;
VIII. Capacitar y asesorar a los operadores de los programas de participación social, cuando así lo requieran y verificar que hagan lo propio las autoridades locales con las instancias ejecutoras, cuando se refieran a dichos programas, y
IX. Promover la participación de los beneficiarios en los programas de participación social, en la planeación, ejecución y vigilancia de las actividades de los mismos.
(ADICIONADO, D.O.F. 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social